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2) LA ORGANIZACIÓN DE LA ACCIÓN PREVENTIVA


*El empresario podrá elegir entre una de las las siguientes modalidades:




2.1) Asunción personal por el propio empresario:

*El empresario realizará personalmente la acción preventiva cuando:
  • Cuando sea una empresa de menos de 10 trabajadores y su actividad sea de baja peligrosidad.
  • Cuando este realice de forma habitual su actividad laboral en el centro de trabajo y posea la formación adecuada a las actividades que va a desarrollar.
2.2) Designación a los trabajadores:

*El empresario podrá designar trabajadores para ocuparse de la acción preventiva cuando:
  • Los trabajadores tengan posean la formación adecuada a las actividades que van a desarrollar.
  • La empresa no está obligada a crear un servicio de prevención propio.
  • El empresario no ha asumido la actividad preventiva.
*No se exige que los trabajadores se dediquen exclusivamente a la acción preventiva, podrán desempeñar su trabajo y tener horas designadas para este fin.
*Para las acciones preventivas en las que esta modalidad sea insuficiente, por ejemplo la vigilancia de la salud, serán desarrolladas a través de servicios de prevención propios o ajenos.

2.3) Servicio de prevención propio:

 *El empresario constituirá un servicio de prevención propio en uno de los siguientes casos:
  • La designación de uno o varios trabajadores sea insuficiente.
  • Empresas de 250 a 500 trabajadores que desarollen actividades peligrosas.
  • Cuando la autoridad laboral lo decida, excepto que se opte por el concierto con una entidad ajena a la empresa .
*Está formado por trabajadores con preparación y medios necesarios, que deberán tener a disposición de la autoridad laboral la Memoria y Programación anual de su actividad.

2.4) Servicio de prevención ajeno:

*El empresario podrá designar un servicio de prevención ajeno para ocuparse de la acción preventiva cuando:
  •  La designación de uno o varios trabajadores sea insuficiente.
  • No existan circunstancias que obliguen a tener un servicio de prevención propio.
  • Para funciones en las que las anteriores modalidades no estén capacitadas.
2.5) Servicio de prevención mancomunado:


*Se aplicará a empresas del mismo sector o área geográfica que podrán tener un servicio de prevención común, siempre y cuando se consulte a los representantes de los trabajadores de las empresas afectadas.


Video de tipos de Servicios de Prevención